¿Tienes dudas?
Damos respuesta a las preguntas más habituales
01. Mis padres son mayores y quieren dejar todo bien atado para que estén bien atendidos si yo falto. ¿Qué pasos debo seguir?
Es importante conocer qué quieren hacer y cómo les gustaría que les cuidaran cuando sean dependientes. Que decidan sobre su futuro ahora que pueden hacerlo, evitando que sean otras personas las que decidan por ellos, facilita en todo momento que se cumplan sus deseos. Para ello, existe el DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS. En los archivos anexos se explica el procedimiento a seguir para la elaboración e inscripción de dicho documento.
Es conveniente comenzar a tramitar la Valoración de Dependencia para que puedan acceder a los diferentes recursos asistenciales, así como a las prestaciones que están establecidas para atender a las personas en función de su nivel de dependencia. Para ello se anexa, tanto el procedimiento de solicitud como los diferentes anexos a cumplimentar.
02. Mi madre se acaba de romper la cadera por una caída. La han operado y está ingresada en el hospital. Le dan el alta hospitalaria en breve y necesita mucha ayuda en casa. Yo trabajo todo el día. ¿Qué puedo hacer?
En todas nuestras residencias disponemos de Estancias Temporales para Recuperación y Convalecencia tras un ingreso hospitalario. Con seguimiento individualizado de todo el postoperatorio garantizamos que la vuelta a casa se haga con las máximas garantías posibles y con la mayor funcionalidad que la persona pueda recuperar. Rehabilitación y Fisioterapia, para recuperar la movilidad perdida y mejora de la fuerza y del tono muscular; terapia ocupacional para recuperación de las Actividades Básicas de la Vida Diaria, como andar, ir al baño, vestirse; atención sanitaria, médica y de enfermería para el seguimiento constante de la evolución de la persona. Infórmate sin compromiso en tu centro más cercano.
Si tras el alta del hospital, preferís volver a casa directamente, podemos diseñaros un Plan de Cuidados en el Domicilio, con profesionales de nuestras Residencias y Centros de Día, que pondrán en marcha diferentes actuaciones dirigidas a conseguir el mayor nivel de autonomía posible sin que se mueva de casa. Realizamos una Valoración Inicial que abarca todas las esferas de la persona: sanitaria, social, funcional, cognitiva, afectiva... y posteriormente se elabora, en colaboración con vosotros, la propia persona y los familiares, un Plan de Acción para que la recuperación sea real y el seguimiento sea mensual o trimestral. Podéis solicitar información sin compromiso en el teléfono de Orientación Socio-Sanitaria.
Además prestamos Servicio de Comedor a domicilio, para que no tenga que preocuparse de salir a hacer las compras y elaborar la comida, encargándonos diariamente de llevar hasta la nevera de su casa los platos de un menú equilibrado y adaptado a los requerimientos nutricionales y de textura que sean necesarios. Puedes descargarte nuestra presentación de este servicio y las tarifas del mismo. Si además de lo anterior, la Ayuda en casa requiere un carácter permanente, para la realización de Tareas Domésticas o de Atención Personal Básica, se puede tramitar el Servicio de Ayuda a Domicilio SAD, que se presta desde los Ayuntamientos
Si tras el alta del hospital, preferís volver a casa directamente, podemos diseñaros un Plan de Cuidados en el Domicilio, con profesionales de nuestras Residencias y Centros de Día, que pondrán en marcha diferentes actuaciones dirigidas a conseguir el mayor nivel de autonomía posible sin que se mueva de casa. Realizamos una Valoración Inicial que abarca todas las esferas de la persona: sanitaria, social, funcional, cognitiva, afectiva... y posteriormente se elabora, en colaboración con vosotros, la propia persona y los familiares, un Plan de Acción para que la recuperación sea real y el seguimiento sea mensual o trimestral. Podéis solicitar información sin compromiso en el teléfono de Orientación Socio-Sanitaria.
Además prestamos Servicio de Comedor a domicilio, para que no tenga que preocuparse de salir a hacer las compras y elaborar la comida, encargándonos diariamente de llevar hasta la nevera de su casa los platos de un menú equilibrado y adaptado a los requerimientos nutricionales y de textura que sean necesarios. Puedes descargarte nuestra presentación de este servicio y las tarifas del mismo. Si además de lo anterior, la Ayuda en casa requiere un carácter permanente, para la realización de Tareas Domésticas o de Atención Personal Básica, se puede tramitar el Servicio de Ayuda a Domicilio SAD, que se presta desde los Ayuntamientos
Documentos: Trámites ayuntamiento SAD SAD desde Grupo Babesten
03. A mi padre le han diagnosticado Alzheimer y estoy pensando en solicitar una reducción de jornada en el trabajo o incluso dejar de trabajar para poder cuidarle en casa. ¿Tengo derecho a alguna prestación económica?
Sí, bajo el lema “Tú cuidas de la personas, Bizkaia cuida de ti”, desde la Diputación Foral de Bizkaia se ha puesto en marcha el Estatuto de las Personas Cuidadoras, un documento que recoge la implantación progresiva de una serie de medidas de responsabilidad pública con el objetivo de reconocer, apoyar y mejorar la labor de las personas que cuidan a otras.
Sus líneas de actuación consisten en (Ver anexo Información acerca del Estatuto de las Personas Cuidadoras donde se amplían detalles):
Puedes descargarte también el Decreto que regula la PECEF, que es la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, que está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención prestada por la persona cuidadora no profesional, pudiendo ser reconocida en cualquier grado y puntos de dependencia, cuando se reúnan las condiciones de acceso establecidas. Descarga el DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 192/2018, de 26 de diciembre, por el que se regula el estatuto de las personas cuidadoras y la prestación económica para cuidados en el entorno familiar PECEF, para obtener información de cómo solicitarla.
Además te informamos de la Prestación Económica de Asistencia Personal, y del Decreto Foral de la DFB 103/2013 de 23 de julio por el que se regula la prestación económica de asistencia personal, que está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de una asistencia personal, durante un mínimo de horas semanales según grado de dependencia, que facilite a la persona beneficiaria, el acceso a la educación, el trabajo, o a una vida más autónoma, en el ejercicio de las Actividades Básicas de la Vida Diaria.
Sus líneas de actuación consisten en (Ver anexo Información acerca del Estatuto de las Personas Cuidadoras donde se amplían detalles):
1.- Promover el reconocimiento administrativo y legal de los cuidados informales
2.- Compensar las aportaciones a sistemas de previsión
3.- Desarrollar un servicio integral de información y apoyo a las personas cuidadoras
4.- Impulsar la formación y recualificación profesional de las personas cuidadoras
5.- Promover la seguridad y ergonomía de las labores de cuidado
6.- Garantizar el descanso periódico de las personas cuidadoras
2.- Compensar las aportaciones a sistemas de previsión
3.- Desarrollar un servicio integral de información y apoyo a las personas cuidadoras
4.- Impulsar la formación y recualificación profesional de las personas cuidadoras
5.- Promover la seguridad y ergonomía de las labores de cuidado
6.- Garantizar el descanso periódico de las personas cuidadoras
Puedes descargarte también el Decreto que regula la PECEF, que es la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, que está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención prestada por la persona cuidadora no profesional, pudiendo ser reconocida en cualquier grado y puntos de dependencia, cuando se reúnan las condiciones de acceso establecidas. Descarga el DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 192/2018, de 26 de diciembre, por el que se regula el estatuto de las personas cuidadoras y la prestación económica para cuidados en el entorno familiar PECEF, para obtener información de cómo solicitarla.
Además te informamos de la Prestación Económica de Asistencia Personal, y del Decreto Foral de la DFB 103/2013 de 23 de julio por el que se regula la prestación económica de asistencia personal, que está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de una asistencia personal, durante un mínimo de horas semanales según grado de dependencia, que facilite a la persona beneficiaria, el acceso a la educación, el trabajo, o a una vida más autónoma, en el ejercicio de las Actividades Básicas de la Vida Diaria.
04. Mi madre necesita una silla de ruedas, porque anda con mucha dificultad. Me gustaría poder adaptar la vivienda, en concreto el baño, para que no tenga barreras arquitectónicas en su casa. ¿Dónde puedo conseguir información para tramitar la solicitud de estos productos de apoyo?
Es muy importante eliminar las barreras arquitectónicas de los domicilios y facilitar la accesibilidad de los espacios, para que las personas con dificultades en la movilidad y en los desplazamientos, puedan ser lo más autónomos posible.
Por lo que te facilitamos el acceso a los diferentes productos de apoyo que desde la DFB se financian y sus trámites.
Por lo que te facilitamos el acceso a los diferentes productos de apoyo que desde la DFB se financian y sus trámites.
05. Mi madre cuida de mi padre desde que sufrió el ictus, pero está muy cansada y necesitaría un centro de día para que mi padre pase allí unas horas bien atendido y mi madre pueda descansar. ¿En qué consiste? ¿Puede acudir unos días o unas horas?
Sí, nuestros centros de día se adaptan a las necesidades de cada persona y su familia, ofreciendo posibilidad de días sueltos, 1 ó 2 días por semana, medias jornadas (por la mañana o por la tarde), o la frecuencia que la persona necesite.
Además las estancias pueden contratarse con servicio de transporte adaptado o sin transporte.
Durante el día, cuidamos a la persona y le proporcionamos atención personal, atendiendo sus necesidades básicas de higiene, alimentación, hidratación, descanso… y trabajamos para mejorar sus capacidades funcionales, cognitivas, afectivas, y sociales.
Consulta los servicios que se ofrecen y el centro que mejor se adapta a lo que buscas.
La estancia puede ser de carácter privado o público, puedes descargar la información anexa.
Además, si lo prefieres, se puede acudir a los centros de día sólo para comer, un menú completo y equilibrado en función de la dieta o preferencias de cada persona, y descansar un par de horas.
Además las estancias pueden contratarse con servicio de transporte adaptado o sin transporte.
Durante el día, cuidamos a la persona y le proporcionamos atención personal, atendiendo sus necesidades básicas de higiene, alimentación, hidratación, descanso… y trabajamos para mejorar sus capacidades funcionales, cognitivas, afectivas, y sociales.
Consulta los servicios que se ofrecen y el centro que mejor se adapta a lo que buscas.
La estancia puede ser de carácter privado o público, puedes descargar la información anexa.
Además, si lo prefieres, se puede acudir a los centros de día sólo para comer, un menú completo y equilibrado en función de la dieta o preferencias de cada persona, y descansar un par de horas.
06. Cuido de mis padres todo el año y me gustaría irme unos días de vacaciones con mi familia para descansar, pero no puedo dejarles solos. ¿Qué puedo hacer?
Es posible solicitar una plaza en residencia con carácter temporal para que durante vuestros días de vacaciones, vuestros padres puedan estar atendidos y cuidados esos días. Esta plaza temporal, puede tener carácter privado o público.
Con carácter privado, en cualquiera de nuestras residencias, existe la posibilidad de acceder a una estancia temporal, desde 1 día hasta 3 meses. Contacta con el centro que mejor se ajuste a tus expectativas y reserva sin ningún coste.
Con carácter público, la DFB financia las estancias temporales en las residencias; previamente hay que tener realizada la valoración de dependencia, y solicitar la plaza temporal. En los documentos anexos te explicamos cómo hacerlo, en todas nuestras residencias ofrecemos esa posibilidad.
Con carácter privado, en cualquiera de nuestras residencias, existe la posibilidad de acceder a una estancia temporal, desde 1 día hasta 3 meses. Contacta con el centro que mejor se ajuste a tus expectativas y reserva sin ningún coste.
Con carácter público, la DFB financia las estancias temporales en las residencias; previamente hay que tener realizada la valoración de dependencia, y solicitar la plaza temporal. En los documentos anexos te explicamos cómo hacerlo, en todas nuestras residencias ofrecemos esa posibilidad.
07. Me han dicho que tengo derecho a una subvención para que mis padres estén en una residencia privada mientras están en lista de espera para acceder a la plaza pública, pero no sé por dónde empezar.
Sí, es cierto, existe una prestación económica denominada Prestación Económica Vinculada al Servicio Residencial PEVSR, que está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención prestada de forma privada en un centro residencial, tanto en estancia permanente como temporal. Previamente, la persona ha tenido que solicitar la VD, y posteriormente tramitar la solicitud de Plaza en Residencia. Esta PEVSR se concede mientras la persona usuaria se encuentra en Plaza Privada Residencial y permanece en Lista de Espera hasta la concesión de la Plaza Concertada. La cuantía varía en función del Grado de Dependencia de la persona.
En todos nuestros centros, te podemos informar y nos encargamos de tramitar la PEVSR
En todos nuestros centros, te podemos informar y nos encargamos de tramitar la PEVSR
08. Mi padre se ha quedado viudo y quiere irse a una residencia a su pueblo natal. ¿Qué consejos debo seguir para la mejor elección de un centro residencial?
En el documento anexo se abordan unos aspectos que deben valorarse a la hora de elegir una residencia u otra. Desde Grupo Babesten, siempre aconsejamos que en la medida de lo posible, la persona interesada acuda a visitar la residencia con su familia y que pueda participar en el proceso de elección de manera proactiva. Es importante considerar todas las opciones y consensuar entre todos los interesados.
En los Servicios Sociales de Base del municipio/distrito donde se encuentre empadronada la persona, pueden facilitarte un Listado con los diferentes recursos socio sanitarios de tu comunidad.
En los Servicios Sociales de Base del municipio/distrito donde se encuentre empadronada la persona, pueden facilitarte un Listado con los diferentes recursos socio sanitarios de tu comunidad.
09. Nos vamos haciendo mayores y queremos información sobre el abanico de recursos y prestaciones sociales a los que podemos acceder, para valorar todas las opciones posibles. ¿Hay algún documento que recoja todas las opciones?
Existe un documento, el DECRETO 185/2015 de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, que describe todos y cada uno de los servicios y prestaciones sociales a los que se puede acceder, establece también los requisitos para acceder a ellos, y están diferenciados en función de su competencia (municipal, foral o autonómica).
En Grupo Babesten disponemos de un servicio de Orientación Socio Sanitaria, en el que de manera individualizada y personal, podemos asesoraros en cada uno de los diferentes servicios o prestaciones, recursos que en muchos de los casos prestamos a través de nuestra organización.
En Grupo Babesten disponemos de un servicio de Orientación Socio Sanitaria, en el que de manera individualizada y personal, podemos asesoraros en cada uno de los diferentes servicios o prestaciones, recursos que en muchos de los casos prestamos a través de nuestra organización.
10. Mi abuelo se encuentra en fase terminal, queremos que en sus últimos momentos no sufra y se mantenga su dignidad por encima de todo.
En Grupo Babesten somos conscientes de la importancia de la atención en los últimos momentos de vida, por eso, en nuestras residencias, garantizamos los derechos y la dignidad de todas las personas cuando llega ese momento. Desde la información, la sensibilidad, la empatía y el acompañamiento en todo momento del paciente y de sus familiares.
11. Cómo solicitar la prestación vinculada al servicio para respiro de cuidadores de perceptores de prestación económica para cuidados en el entorno familiar
Mediante la normativa que regula el Estatuto de las personas cuidadoras y la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, se reconoce el derecho al descanso de las personas cuidadoras.
Con este fin, el 15 de octubre se publicó en el BOB el Decreto Foral 140/2019, aprobado el 10 de septiembre por el que se regula la prestación económica vinculada al servicio residencial en virtud del cual, las personas cuidadoras, podrán beneficiarse de un descanso de 15 días al año a partir del 1 de enero de 2020.
Las solicitudes para el abono de esta prestación económica vinculada al servicio de descanso, deberán realizarse por la persona dependiente con un mínimo de 45 días de antelación a la fecha en la que vaya a realizar la estancia, pudiendo empezar a presentar las solicitudes el 15 de noviembre del 2019. Las personas solicitantes, podrán autorizar a las Residencias para que presenten en su nombre las facturas acreditativas del servicio.
El formulario de autorización puede descargarse del siguiente enlace de la sede electrónica: https://www.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-servicios?procID=1566.
Cualquier duda a este respecto, puedes dirigirte al siguiente número de teléfono: 94.406.60.00-Diputación Foral de Bizkaia.
Con este fin, el 15 de octubre se publicó en el BOB el Decreto Foral 140/2019, aprobado el 10 de septiembre por el que se regula la prestación económica vinculada al servicio residencial en virtud del cual, las personas cuidadoras, podrán beneficiarse de un descanso de 15 días al año a partir del 1 de enero de 2020.
Las solicitudes para el abono de esta prestación económica vinculada al servicio de descanso, deberán realizarse por la persona dependiente con un mínimo de 45 días de antelación a la fecha en la que vaya a realizar la estancia, pudiendo empezar a presentar las solicitudes el 15 de noviembre del 2019. Las personas solicitantes, podrán autorizar a las Residencias para que presenten en su nombre las facturas acreditativas del servicio.
El formulario de autorización puede descargarse del siguiente enlace de la sede electrónica: https://www.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-servicios?procID=1566.
Cualquier duda a este respecto, puedes dirigirte al siguiente número de teléfono: 94.406.60.00-Diputación Foral de Bizkaia.
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